logo

Otorgamiento de facultades provisionales de representación de CLAE S.A. – LIQ. con resolución Nº 455 (06/12/23)

8° JUZGADO CIVIL-COMERCIAL

EXPEDIENTE : 02925-2009-0-1817-JR-CO-09

MATERIA : DISOLUCION Y LIQUIDACION DE SOCIEDADES

JUEZ : SALINAS HUAMANI, SALOME

ESPECIALISTA : PEÑA CAMPANA, EIYI OOKII ASOCIACION CRISTIANA CLAEISTA REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE ANTONIO TEODORO AGUILAR RAMON Y SU SECRETARIA DE ORGANIZACION LUZ MARAVI CHAVEZ

DEMANDADO : CLAE SA EN LIQUIDACION

DEMANDANTE : SUPERINTENDENCIA DE BANCA SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE PENSIONES

RESOLUCIÓN NÚMERO CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO

Lima, seis de diciembre

del año dos mil veintitrés. –

Estando a la autorización de ingreso de documentos a través de la Mesa de Partes Virtual firmado digitalmente o con firma gráfica escaneada establecido en el numeral 2.5 del artículo segundo de la R.A. Nro. 000023-2021-P-CE-PJ se procede a dar cuenta sin expediente a la vista en la fecha, debido a las recargadas labores del Juzgado que tramita tanto expedientes judiciales electrónicos como expedientes judiciales físicos, el escrito ingresado con el N° 281917-2023 presentado por los nuevos integrantes de la Junta Liquidadora de CLAE S.A en Liquidación: Alfonso Wenceslao Pando Borja, Jane Gloria Montero Aranda y Teodocio Juan Gutiérrez Prieto a través de la Mesa de Partes Virtual que se procede a imprimir y compaginar, ello de conformidad a lo dispuesto en la R.A. N° 000133-2020-CE-PJ;

AL PRINCIPAL Y UNICO OTROSI: Estando a lo expuesto y Atendiendo:

PRIMERO: Que, los nuevos integrantes de la Junta Liquidadora de CLAE S.A en Liquidación ponen a conocimiento de la Judicatura la entrega formal del cargo conferido y el inventario correspondiente por parte de los ex integrantes Daniel Martin Linares Prado y Ana Beatriz Osorio y solicitan se les otorgue facultades provisionales de representación a fin de poder administrar a la fallida con todas las prerrogativas que la ley

SEGUNDO: Que, de la revisión de autos se advierte la emisión de los siguientes actos procesales:

2.1 Que, mediante resolución número cuatrocientos treinta y seis de fecha 02 de diciembre del 2022 se dejó sin efecto la designación de los integrantes de la Junta Liquidadora de CLAE S.A en Liquidación: Jorge Eduardo Pinto Rivero; Daniel Martin Linares Prado y Ana Beatriz Osorio Gonzales, nombrándose en sus reemplazos a Alfonso Wenceslao Pando Borja; Jane Gloria Montero Aranda y Teodocio Juan Gutiérrez Prieto.

2.2 Que, mediante resolución número cuatrocientos cuarenta y uno de fecha 09 de mayo del 2023 se concede apelación sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida contra la resolución cuatrocientos treinta y seis de autos, la misma que se encuentra pendiente de ser resuelta por el Superior Jerárquico, sin embargo, conforme a lo dispuesto en el artículo 368° del Código Procesal Civil se mantiene la eficacia de la resolución impugnada, incluso para el cumplimiento de esta.

2.3 Que, mediante resolución número cuatrocientos cuarenta y ocho de fecha 07 de julio del 2023 se requirió a los nuevos integrantes de la Junta Liquidadora de CLAE S.A cumplan con designar dentro del plazo de cinco días hábiles a su presidente e informar dicha designación al Juzgado.

2.4 Que, mediante resolución número cuatrocientos cincuenta de fecha 08 de noviembre del 2023 se tuvo por designado al presidente de la Junta Liquidadora de CLAE S.A en Liquidación: Alfonso Wenceslao Pando Borja.

TERCERO: Que, habiéndose designado mediante resolución cuatrocientos cincuenta al Presidente de la Junta Liquidadora de CLAE S.A en Liquidación: Alfonso Wenceslao Pando Borja, y teniendo en cuenta lo glosado en el numeral 2.2 de la presente resolución, y a lo peticionado por los integrantes de la nueva Junta Liquidadora del Centro Latinoamericano de Asesoría Empresarial S.A, se procede a otorgar facultades provisionales de representación COMISIÓN LIQUIDADORA, y por extensión, las atribuciones, obligaciones y prohibiciones que le concede el Código Civil al Administrador Judicial debiendo precisarse que para efectos de enajenar o gravar los bienes de la Empresa Centro Latinoamericano de Asesoría Empresarial Sociedad Anónima CLAE, deberá contar previamente con la respectiva autorización judicial de esta Judicatura estando obligada la Comisión Liquidadora nombrada a rendir cuentas y a informar de su gestión en forma documentada mensualmente, consecuentemente se dispone:

CURSAR partes a los Registros de las Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima y Callao a fin de que se sirva inscribir a los miembros y al presidente de la Comisión Liquidadora de CLAE

1) Doctor Alfonso Wenceslao Pando Borja, (presidente) en reemplazo del ex miembro de la Comisión Liquidadores de CLAE, Jorge Eduardo Pinto Rivero.

2) Doctora Jane Gloria Montero Aranda, en reemplazo del ex miembro de la Comisión Liquidadores de CLAE, Daniel Martin Linares Prado.

3) Doctor Teodocio Juan Gutierrez Prieto, en reemplazo del ex miembro de la Comisión de Liquidadores de CLAE, Ana Beatriz Osorio Gonzales. Para tal efecto Oficiese.

Avocándose al conocimiento de la presente causa la Magistrada que suscribe la presente por disposición superior. Notifíquese.-